Ley de 2ª oportunidad

¿Necesitas cancelar tus deudas? Es posible gracias a la ley de la segunda oportunidad. Nuestro equipo de abogados expertos te asesorarán para conseguir el objetivo.

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Es un procedimiento jurídico por el que PARTICULARES  y AUTÓNOMOS pueden resolver una situación de endeudamiento imposible de afrontar generada por causas ajenas a la VOLUNTAD y BUENA FE de estas personas.

¿Qué se consigue si este procedimiento llega a buen fin?

Podemos conseguir la REDUCCIÓN considerable de la deuda pendiente de cobro con todos los acreedores (bancos, entidades financieras, tarjetas revolving, créditos rápidos…), una QUITA de parte de esa deuda y un mayor plazo de amortización que no genere intereses abusivos en el futuro. Pagarás en función  de tus ingresos la cantidad que el juez dictamine y que te permita volver a empezar.

¿Para quién está indicada la Ley de Segunda Oportunidad?

En general, para aquellas personas que ya no les queda nada y que necesiten liberarse del lastre de las deudas para poder reconducir su vida y volver a tener oportunidad. Pueden acogerse a este procedimiento aquellas personas que aún ESTÉN PAGANDO SU VIVIENDA, y evitar perderla. Es necesario demostrar que no se ha llegado a la situación de endeudamiento con intencionalidad, sino que  esta situación está creada por causas ajenas al comportamiento del individuo. Por ejemplo, la situación en la que se han visto muchos autónomos al tener que cerrar sus negocios durante la pandemia o aquellos que han perdido su vivienda por impagos de su hipoteca, y aún deben al banco dinero del crédito hipotecario por la bajada del valor de la vivienda.

No pueden acogerse a la Ley de Segunda oportunidad aquellas personas que hayan sido condenado por delitos socioeconómicos, patrimoniales o de falsedad documental en los 10 años anteriores, o que hayan mentido en su situación económica real, u ocultado información.

¿Hay alguna DEUDA que no se pueda resolver con el procedimiento de la Ley de Segunda oportunidad?

Las deudas contraídas con HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL son complejas para resolver a través de este procedimiento. Pero una sentencia del Tribunal Supremo en Julio de 2019 amplió los límites de la Ley de Segunda Oportunidad, permitiendo a los deudores beneficiarse de una posible exoneración de hasta un 70% de las deudas contraídas con las Administraciones Públicas, posibilitando además que la deuda restante pueda fraccionarse en un periodo de hasta cinco años. Los profesionales de derecho estudian cada caso para ayudar a la resolución favorable de estos procedimientos. Un buen asesoramiento especializado es siempre imprescindible para conocer las posibilidades reales antes de embarcarse en este procedimiento.

¿Cómo transcurre el procedimiento de la Ley de Segunda oportunidad?

El procedimiento se inicia a petición del abogado demandante en la NOTARÍA (si es un particular) o en el REGISTRO MERCANTIL O CÁMARA DE COMERCIO (si es un autónomo). El notario u organismo encargado nombrará a un MEDIADOR CONCURSAL, la figura jurídica encargada de recopilar la documentación, contactar con todos los ACREEDORES y proponer una negociación que contemple la situación real del demandante (sus ingresos actuales), sus posibilidades reales de pago para hacer frente al compromiso futuro con las entidades implicadas, los importes y plazos, y la quita parcial de la deuda pendiente.

Si la negociación llega a buen término, el MEDIADOR emitirá un informe que será revisado por el juez, que dictará sentencia a favor del demandante, que asumirá judicialmente  los compromisos acordados. Si la negociación con los acreedores no es positiva, igualmente el MEDIADOR emitirá ese informe al juez sobre la situación del demandante y su propuesta. Será el juez el que dictamine en cada caso la aplicación favorable o no del procedimiento a cada caso particular.

¿Cuánto dura el procedimiento de Ley de Segunda oportunidad?

Es un PROCEDIMIENTO JUDICIAL que se puede demorar meses, o llegar al año (dependiendo de los retrasos en los juzgados). La ventaja es que desde que se inicia el procedimiento en NOTARÍA o en el organismo correspondiente, no se puede proceder a ningún embargo al demandante. Esto supone un «balón de oxígeno económico» para muchas familias.

En MATERIALIZA ABOGADOS somos especialistas en la aplicación de la Ley de Segunda oportunidad y Concursos de Acreedores.  Estudiamos cada caso, para evaluar las posibilidades reales de éxito, y ofrecer las alternativas más favorables a todos nuestros clientes. Comunicación permanente, clara y sencilla de todos nuestros procedimientos para que tú puedas tomar siempre la mejor decisión.

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